La nueva Ley de Migración de Cuba, aprobada en julio de 2024, introduce reformas significativas en la política migratoria del país, entre ellas ofrece más posibilidades para obtener la residencia en Cuba.
Esta legislación, que reemplaza a la anterior de 1976 y sus actualizaciones de 2012, ya entró en vigor, al transcurrir 180 días después de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Entre las modificaciones más destacadas se encuentra la eliminación de la restricción que obligaba a los ciudadanos cubanos residentes en el extranjero a regresar al país cada 24 meses para mantener su estatus de residentes. Además, la ley introduce nuevas categorías de residencia y actualiza los procedimientos para la obtención de la ciudadanía, adaptándose a las condiciones actuales y a los preceptos constitucionales vigentes.
Aquí analizamos los elementos de la nueva ley que facilitan obtener la residencia en Cuba para aquellos extranjeros que desean establecerse en la isla.
Tipos de residencia en Cuba según la nueva ley
La legislación establece diferentes clasificaciones migratorias para los extranjeros. Según el Artículo 49, pueden optar por la residencia permanente quienes:
- Tengan una relación de pareja de hecho con un ciudadano cubano, siempre que se instrumente notarialmente o se reconozca judicialmente.
- Sean padres o madres de un ciudadano cubano con residencia efectiva en el país.
- Dispongan de un importante patrimonio en el exterior o puedan acreditar solvencia económica mediante una certificación bancaria cubana.
- Acrediten ingresos suficientes para su sustento en Cuba.
La residencia en Cuba para propietarios e inquilinos de inmuebles
Según el Artículo 44, la clasificación migratoria de residente de inmobiliaria sigue vigente y aplica a:
- Propietarios de viviendas en complejos inmobiliarios o construcciones destinadas a este fin.
- Arrendatarios de estas propiedades.
- Familiares extranjeros residentes en estos inmuebles.
Este aspecto es clave para quienes desean invertir en bienes raíces en Cuba y obtener una residencia legal en la isla.
Matrimonio y unión de hecho, un cambio importante
Un cambio notable en la legislación es que ya no es necesario estar casado con un ciudadano cubano para solicitar la residencia. Según el Artículo 49, una unión de hecho afectiva, siempre que esté debidamente registrada, también permite acceder a este beneficio migratorio.
Esto representa una mayor flexibilidad para las parejas que, sin formalizar su matrimonio, mantienen una relación estable y desean residir en Cuba.
Residencia en Cuba por razones económicas
La nueva ley también abre las puertas a la residencia en Cuba para aquellos extranjeros que demuestren:
- Tener un patrimonio importante en el exterior (Artículo 49).
- Poseer ingresos suficientes para vivir en Cuba sin depender del Estado (Artículo 50).
Aún no se han definido los montos o criterios exactos para calificar como «importante patrimonio» o «ingresos suficientes». Esto se espera que sea detallado en el reglamento de la ley.
Este tipo de residencia podría beneficiar a jubilados, rentistas y personas con ingresos pasivos, como alquileres de propiedades en el extranjero.
Reunificación familiar, un derecho garantizado
El Artículo 59 garantiza el derecho de los extranjeros residentes en Cuba a la reunificación familiar, permitiendo que sus hijos, pareja de hecho y otros familiares directos puedan solicitar la residencia en la isla.
Dada la complejidad de estos cambios, es recomendable buscar asesoría legal especializada. Para quienes deseen mudarse a Cuba, el abogado Giovanni Caporaso, con más de 40 años de experiencia en el país, puede brindar orientación sobre los procedimientos y requisitos específicos. Para consultar con este reconocido profesional, puedes hacerlo mediante este enlace.
La nueva Ley de Migración de Cuba facilita el acceso a la residencia para extranjeros bajo diversas condiciones. Desde la posibilidad de aplicar con una pareja de hecho hasta la acreditación de solvencia económica, estas reformas representan un cambio significativo en la política migratoria del país. Sin embargo, es clave esperar la publicación del reglamento para conocer los detalles específicos de aplicación.